El Tribunal Supremo anula la liquidación del IRPF practicada por la AEAT. Aunque no esté inscrito en el RETA, a efectos del IRPF basta con que el socio profesional mayoritario de una sociedad esté obligado legalmente a estar en el RETA para que sus retribuciones se califiquen como rendimientos de actividad económica. STS 4364/2025 - ECLI:ES:TS:2025:4364 de 08/10/2025
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