El consultante tiene excesos de aportaciones a un plan de pensiones efectuadas en los años 2017, 2018 y 2019 pendientes de reducir en la base imponible del IRPF. Posibilidad de reducir los excesos pendientes en la base imponible del IRPF si realiza el rescate del plan de pensiones por jubilación en 2021. V0052-25 de 22/01/2025
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