FETTAF Los Asociados pueden constituirse en PAIT.(Puntos de Asesoramiento e Inicio de Tramitación)

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Deducción de las cuotas de IVA soportado de vehículos de empresa de uso “mixto”.

Corresponde al obligado tributario que pretende deducir las cuotas de IVA soportado, acreditar la afectación del vehículo a la actividad. Probada la afectación, se presume que el grado de utilización en el desarrollo de la actividad empresarial o profesional es el 50%.

Resolución TEAC 00/09152/2021/00/00 de 27/09/2024

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