En junio de 2023, la consultante recibió, como consecuencia de la aceptación de la herencia correspondiente a su hijo fallecido, un inmueble gravado con una hipoteca. Señala que se ha subrogado sobre dicha hipoteca, la cual no tiene intención de liquidar. Además, durante el ejercicio 2024, pretende transmitir la vivienda que hasta este momento ha sido su vivienda habitual para comenzar a residir en la vivienda heredada con la finalidad de que esta última se convierta en su nueva vivienda habitual en un futuro. Si a efectos de la aplicación de la exención por reinversión en vivienda habitual, es posible considerar como importe reinvertido la parte de la hipoteca en la que se ha subrogado. V1342-24 de 07/06/2024
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