Según sentencia del TSJCat, tanto los trajes como las corbatas de los abogados pueden ser desgravados al constituir un complemento “casi indispensable” de la actividad profesional como letrado. En la sentencia también se han valorado otro tipo de gastos como el uso de un vehículo en la actividad profesional, cestas de Navidad, gastos de restauración,…etc pero en esos casos no dieron la razón al letrado. STSJ CAT 6995/2023 de 27/07/2023
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