El consultante es propietario de inmuebles que tiene cedidos en arrendamiento, que no desarrolla como actividad económica. Debido a la situación económica provocada en sus arrendatarios por el estado de alarma decretado a raíz de la epidemia de COVID-19, se plantea para dicho periodo de alarma y aquel al que se extienda la crisis, el establecimiento de una reducción, incluso total, sobre el precio del alquiler pactado. V0985-20 de 21/04/2020 La página web de la AEAT incluye en su apartado MEDIDAS TRIBUTARIAS COVID-19 las siguientes cuestiones: Si el arrendador llega a un acuerdo voluntario con el inquilino para rebajar la renta por el estado de alarma ¿tiene incidencia en la declaración de renta? Si el arrendador llega a un acuerdo voluntario con el inquilino para diferir la renta por el estado de alarma ¿tiene incidencia en la declaración de renta?
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