IRPF. Calificación de los rendimientos satisfechos por el FOGASA como rendimientos del trabajo. Puesto que suelen percibirse con el carácter de atrasos se plantea la imputación temporal de estos rendimientos la cual varía en función de la existencia o no de un litigio sobre el derecho a la percepción de estas retribuciones. Resolución TEAC: 02463/2017/00/00
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