El consultante es propietario de una vivienda que va a destinar al arrendamiento. Si en los periodos en que la vivienda está en expectativas de alquiler, pero anunciada en inmobiliarias, podría deducir los gastos anuales por Impuesto sobre Bienes Inmuebles, Comunidad de Propietarios, seguros y mobiliario, así como los gastos de conservación. V1003-17 de 25/04/2017
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