El consultante tiene concedida la custodia compartida de un hijo de ocho años. Si en caso de litigio, admitiría la AEAT un acuerdo/contrato privado entre los progenitores, en el que se especifique los períodos impositivos (por ejemplo, años pares la madre e impares el padre) en que corresponde incluir al menor en la declaración de IRPF, para formar parte de la unidad familiar y no incurrir en infracción. V1014-17 de 25/04/2017
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